Diputados plantean sancionar omisión en cuentas publicas

Busca legislador Jaciel González robustecer fiscalización de los entes

Jesús Lima | El Sol de Tlaxcala

  · viernes 26 de mayo de 2023

Jaciel González Herrera planteó sancionar a quien omita la entrega de la cuenta pública por dos bimestres consecutivos. Foto: Cortesía | Congreso del Estado

Para robustecer la fiscalización de los recursos públicos, el presidente de la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso del Estado, Jaciel González Herrera, planteó sancionar a quien omita la entrega de la cuenta pública por dos bimestres consecutivos, falsee la información u obstaculice el trabajo de fiscalización.

Para ello, planteó que recibirá la pena quien, teniendo la obligación de presentar la cuenta pública ante la autoridad fiscalizadora, omitiera hacerlo sin causa justificada en un lapso de dos trimestres consecutivos.

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Además, aquella persona que, teniendo la obligación de presentar los estados financieros, simule hacerlo o haga entrega de información falsa ante la autoridad fiscalizadora para entorpecer y obstaculizar la actividad inspectora.

 

 

En ambos supuestos impondrán las sanciones penales de dos a siete años de prisión y una multa de 60 a 300 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Lo anterior, para aumentar las causales de sanción de los denominados delitos de riesgo, también llamados de peligro, que son tipos penales en los que el Estado reacciona imponiendo castigo penal no ante la causación de un resultado material de daño o lesión, sino ante el peligro de que ese daño material o lesión aparezca.

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Esos delitos de peligro configuran un adelantamiento de la instancia penal a momentos previos a que se consume una lesión, en aquellos ámbitos en los que la experiencia ha posibilitado una tipificación suficiente de conductas o acciones riesgosas para el cuidado de los bienes jurídicos fundamentales.

Resulta relevante conocer el origen y destino de la captación de recursos públicos para su posterior identificación, administración y control del mismo, así como la sanción en caso de un desvío de la conducta por quien tiene la obligación de cuidar los citados recursos de manera objetiva y transparente ante la sociedad.

La propuesta es reformar el párrafo tercero y adicionar las fracciones VII y VIII al párrafo primero, ambos del artículo 151 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.