El objetivo a largo plazo es lograr que las emisiones anuales de compuestos y gases de efecto invernadero sean menores o iguales a las absorciones en los sumideros y reservorios de carbono y gases de efecto invernadero.
Oficialmente desde el pasado 22 de abril en Tlaxcala entró en vigor la Ley de Cambio Climático cuyo objetivo es establecer las disposiciones y políticas públicas que permitan la mitigación, adaptación y resiliencia a esa variación del clima.
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El objetivo general a largo plazo es lograr que el estado cuente con una tasa cero de pérdida de carbono, es decir, que las emisiones anuales de compuestos y gases de efecto invernadero sean menores o iguales a las absorciones en los sumideros y reservorios de carbono y gases de efecto invernadero.
Para ello, las autoridades impulsarán el transporte eficiente y sustentable público y privado; reducirán emisiones en procesos industriales; en materia de edificaciones sustentables y construcción y, por ejemplo, reducirán las emisiones de gases de efecto invernadero.
La legislación también establece las competencias, facultades y atribuciones del Estado y los municipios, para la elaboración, implementación y evaluación de políticas pública para ello, así como las bases de coordinación entre esas autoridades con los demás órdenes de gobierno y otras entidades federativas, para el manejo estatal de cambio climático, pues toda persona tiene el derecho a un medioambiente sano para su desarrollo y bienestar.
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Indica la adopción de patrones de producción y consumo por parte de los sectores público, social y privado, para transitar hacia una economía de bajas emisiones en carbono; que deberá haber eficiencia energética en todas sus actividades y sustituir energías convencionales por energías renovables en aquellos sectores sujetos al ámbito de su competencia.
Para hacer frente al cambio climático deberán haber instrumentos de diagnóstico, planificación, medición, monitoreo, reporte, verificación y evaluación, y un diagnóstico que incluirá escenarios de línea base y líneas de base por sector, para promover el logro gradual de metas de reducción de emisiones específicas.
La Ley marca que habrá un Sistema Estatal de Cambio Climático, en el cual deberá ser creada la Comisión Intersecretarial y el Observatorio Ciudadano de Cambio Climático, donde establece la instrumentación de un sistema estatal en el que participará el Ejecutivo estatal, la Comisión Intersecretarial, la Secretaría de Medioambiente y los municipios.