/ martes 20 de diciembre de 2022

Ayecac, Tepetitla continúa sin una autoridad

El TET otorgó un término de 48 horas contadas a partir del día hábil siguiente al que fue notificada la sentencia y probar su obediencia con una copia certificada de las constancias

Se cumplieron diez días desde que el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) ordenó al alcalde de Tepetitla, Alan Alvarado Islas tomar protesta como presidente de Ayecac a Iovani Nieves Pérez y aun no hay avance en el caso. Ayecac sigue con vacío de poder.

De acuerdo con el expediente TET-JDC-86/2022, el siete de noviembre el edil presentó una solicitud al alcalde para su toma de protesta y al día siguiente la efectuarían, pero un grupo de ciudadanos interrumpió el acto protocolario, mediante agresiones físicas y verbales, por ello ya no se llevó a cabo el reconocimiento de la autoridad.

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Asimismo, la declaración del edil en el expediente detalla que el nueve de noviembre recibió llamadas del alcalde para notificarle sobre las pláticas con Gobernación y con el grupo inconforme, donde acordaron que “para calmar a los ciudadanos pidiera licencia y otra persona fuera el presidente auxiliar”.

Nieves Pérez alegó también que el 11 de noviembre fue conformado un Comité Comunitario para estar al pendiente de la infraestructura social y el 18 del mismo mes quedó oficialmente instaurado, cuyo encargado fue Eduardo Castañeda Cerón, como primer regidor.

De ahí, el magistrado Miguel Nava Xochitiotzin señaló que una de las atribuciones y obligaciones de los alcaldes es tomar protesta a los presidentes de comunidad.

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Además, dijo, el artículo 25 de La Ley Municipal establece que las faltas temporales mayores a 15 días o absolutas del síndico, regidores y presidentes de comunidad serán cubiertas por sus suplentes.

Entonces, con esos argumentos, el pleno ordenó al presidente municipal y al Cabildo tomar protesta y a la tesorería realizar la retribución económica correspondiente, desde la fecha en que debió instalarse, es decir, del tres de noviembre a la fecha.

Para dar cumplimiento, el TET otorgó un término de 48 horas contadas a partir del día hábil siguiente al que fue notificada la sentencia y probar su obediencia con una copia certificada de las constancias.

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Se cumplieron diez días desde que el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) ordenó al alcalde de Tepetitla, Alan Alvarado Islas tomar protesta como presidente de Ayecac a Iovani Nieves Pérez y aun no hay avance en el caso. Ayecac sigue con vacío de poder.

De acuerdo con el expediente TET-JDC-86/2022, el siete de noviembre el edil presentó una solicitud al alcalde para su toma de protesta y al día siguiente la efectuarían, pero un grupo de ciudadanos interrumpió el acto protocolario, mediante agresiones físicas y verbales, por ello ya no se llevó a cabo el reconocimiento de la autoridad.

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Asimismo, la declaración del edil en el expediente detalla que el nueve de noviembre recibió llamadas del alcalde para notificarle sobre las pláticas con Gobernación y con el grupo inconforme, donde acordaron que “para calmar a los ciudadanos pidiera licencia y otra persona fuera el presidente auxiliar”.

Nieves Pérez alegó también que el 11 de noviembre fue conformado un Comité Comunitario para estar al pendiente de la infraestructura social y el 18 del mismo mes quedó oficialmente instaurado, cuyo encargado fue Eduardo Castañeda Cerón, como primer regidor.

De ahí, el magistrado Miguel Nava Xochitiotzin señaló que una de las atribuciones y obligaciones de los alcaldes es tomar protesta a los presidentes de comunidad.

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Además, dijo, el artículo 25 de La Ley Municipal establece que las faltas temporales mayores a 15 días o absolutas del síndico, regidores y presidentes de comunidad serán cubiertas por sus suplentes.

Entonces, con esos argumentos, el pleno ordenó al presidente municipal y al Cabildo tomar protesta y a la tesorería realizar la retribución económica correspondiente, desde la fecha en que debió instalarse, es decir, del tres de noviembre a la fecha.

Para dar cumplimiento, el TET otorgó un término de 48 horas contadas a partir del día hábil siguiente al que fue notificada la sentencia y probar su obediencia con una copia certificada de las constancias.

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