Por mayoría de votos fue aprobada la Ley de Ingresos para el Estado de Tlaxcala, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, que no contempla la creación de nuevos impuestos ni incrementos para los vigentes.
En 2023, el Estado prevé obtener un total de ingresos para el Estado de Tlaxcala por 25 mil 571 millones 563 mil 376 pesos provenientes de fuentes locales, participaciones e incentivos económicos, aportaciones federales y convenios suscritos con el Gobierno Federal.
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Esto se traduce en una variación del 13.05% respecto de las cifras autorizadas para el actual ejercicio fiscal, por ello, quedó establecido que la administración estatal tendrá que implementar estrategias para incrementar la base de contribuyentes y la mejora de los procedimientos de fiscalización.
Asimismo, estos recursos que observando los principios de eficiencia, economía, austeridad y eficacia, establece el proyecto avalado. Conforme a la Ley de Ingresos aprobada por los congresistas, tendrá que fortalecerse la recaudación y la fiscalización del Impuesto Sobre Nóminas, además, implementaran incentivos fiscales estatales, para impulsar la creación de nuevos empleos y generar cadenas productivas en el ámbito rural e industrial.
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En tanto, empresas que ya se encuentren instaladas o de nueva creación, que contraten adultos mayores y a personas con capacidades diferentes, tendrán beneficios tributarios en la aplicación del Impuesto Sobre Nóminas, así como subsidios en el pago del Impuesto Estatal Sobre tenencia o Uso de Vehículos.
En el caso de las aportaciones federales, contemplan un incremento, con el estimado de una variación positiva del 12 % con relación a las cifras aprobadas en el ejercicio fiscal 2022.
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HABRÁ PROGRAMA DE REEMPLACAMIENTO
La Ley de Ingresos del Estado para 2023, contempla que en los primeros 30 días naturales del ejercicio fiscal tendrá que ser emitidos el Programa Estatal de Reemplacamiento, que será de carácter obligatorio, para el servicio público y privado de trasporte.
El programa de reemplacamiento establece el cobro de una cuota mínima, en el caso de concepto por juego de placas del servicio público de transporte, quedó establecida una cantidad de 226 pesos; las grúas quedan exceptuadas de este beneficio.
Estos beneficios serán extensivos a los concesionarios del servicio de transporte público, que se encuentren obligados al pago de derechos causados sobre vehículos automotores de hasta 28 pasajeros.
Los beneficios establecidos en el presente artículo no son acumulables con los considerados en el artículo 29 de la presente Ley.
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En el caso del servicio privado de transporte habrá dos cuotas de cobro, una será por 226 pesos para autobuses, micros, automóviles, combis, panel, suburban, camiones, camionetas de carga, remolques y semirremolques con capacidad de más de 5 toneladas, excepto uso agrícola. Y la otra de 110 pesos, para motocicletas.
La Secretaría de Movilidad y Transporte, será la dependencia encargada en coordinación con la Secretaría de Finanzas de emitir el Programa Estatal de Reemplacamiento obligatorio 2023.
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