/ sábado 28 de agosto de 2021

Ordenan publicación para eliminar fuero, despúes de 3 años

El Decreto fue aprobado el 14 de agosto de 2018 por la LXII legislatura local

A más de tres años de haber sido aprobada la reforma en materia constitucional para eliminar el fuero constitucional del que gozan servidores públicos de primer nivel para que puedan ser juzgados en caso de que incurran en algún delito, en la última sesión los integrantes de la Comisión Permanente ordenaron la publicación del Decreto número 184.

Aplica al titular del Poder Ejecutivo, legisladores, magistrados, autoridades municipales, titulares de organismos autónomos y electorales, quienes no podrán ser eximidos de sus responsabilidades en caso de incurrir en alguna falta legal.

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El Decreto fue avalado por los integrantes de la LXII legislatura el pasado 14 de agosto de 2018, pero los actuales legisladores no habían emprendido acciones para que fuera publicado para que la reforma entrara en vigor.

Tras señalar que cumplieron con el proceso de enviar los cambios a los 60 ayuntamientos y que esta fue autorizada por el 50 % más uno, los legisladores determinaron aprobar su publicación, a pesar del rezago que mantenía la propuesta.

En 2018, la entidad fue la décimo cuarta en derogar el fuero constitucional, sin embargo, la propuesta no fue abordada hasta la última sesión formal efectuada por los integrantes de la LXIII legislatura, quienes concluyen funciones el 29 de agosto de 2021.

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Dicho Decreto establece que los servidores públicos de primer nivel podrán ser juzgados por actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales.

Ello tras derogar el artículo 107 de la Constitución local en el que está previsto que los legisladores, el titular del Ejecutivo, magistrados y el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, contaban con fuero a partir de que hayan rendido protesta y se encuentren en funciones.

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Las disposiciones no serán aplicables a los funcionarios cuyo nombramiento esté vigente al momento de la aprobación de la reforma por el Congreso local, por el tiempo para el que hayan sido electos o nombrados.

  • Los integrantes de la Comisión Permanente remitieron el Decreto para su sanción y publicación correspondiente

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A más de tres años de haber sido aprobada la reforma en materia constitucional para eliminar el fuero constitucional del que gozan servidores públicos de primer nivel para que puedan ser juzgados en caso de que incurran en algún delito, en la última sesión los integrantes de la Comisión Permanente ordenaron la publicación del Decreto número 184.

Aplica al titular del Poder Ejecutivo, legisladores, magistrados, autoridades municipales, titulares de organismos autónomos y electorales, quienes no podrán ser eximidos de sus responsabilidades en caso de incurrir en alguna falta legal.

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El Decreto fue avalado por los integrantes de la LXII legislatura el pasado 14 de agosto de 2018, pero los actuales legisladores no habían emprendido acciones para que fuera publicado para que la reforma entrara en vigor.

Tras señalar que cumplieron con el proceso de enviar los cambios a los 60 ayuntamientos y que esta fue autorizada por el 50 % más uno, los legisladores determinaron aprobar su publicación, a pesar del rezago que mantenía la propuesta.

En 2018, la entidad fue la décimo cuarta en derogar el fuero constitucional, sin embargo, la propuesta no fue abordada hasta la última sesión formal efectuada por los integrantes de la LXIII legislatura, quienes concluyen funciones el 29 de agosto de 2021.

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Dicho Decreto establece que los servidores públicos de primer nivel podrán ser juzgados por actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales.

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Las disposiciones no serán aplicables a los funcionarios cuyo nombramiento esté vigente al momento de la aprobación de la reforma por el Congreso local, por el tiempo para el que hayan sido electos o nombrados.

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