/ domingo 24 de abril de 2022

Orienta STyPS sobre reparto de utilidades

El reparto de utilidades es un derecho constitucional adquirido de los trabajadores

Ante la cercanía para que las empresas liberen el reparto de utilidades, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS), orienta a los centros de trabajo y sindicatos en el cumplimiento a la obligación de los pagos durante el mes de mayo.

El reparto de utilidades es un derecho constitucional adquirido de los trabajadores, es decir tienen el derecho de recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o empleador por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado. Es una garantía establecida en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal del Trabajo.

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De esta forma, la STyPS elaboró una Guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades, esto para evitar la discrecionalidad en la entrega. Con las nuevas reglas establecidas en la reforma de la Ley Federal del Trabajo, se espera que los trabajadores reciban en promedio un PTU de 57 días de salario, equivalente a 18 mil 557 pesos, es decir 2.59 veces mayor a lo que reciben actualmente.

La dependencia federal aclaró que el cálculo de participación para los trabajadores en las utilidades debe corresponder al 10 % sobre la renta gravable, tal como fue determinado en la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2020, del Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

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Explicó que conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios y la segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Sobre los alcances de la aplicación de la adición de la Fracción VIII al Artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, aclaró que los centros de trabajo deberán pagar a los trabajadores el 10% de las utilidades de la empresa conforme a lo estipulado en el marco legal vigente. Únicamente cuando este monto sea superior a 90 días del salario del trabajador, se establecen como límite máximo de pago del PTU.

10 POR CIENTO sobre la renta gravable, es el cálculo de participación para los trabajadores en las utilidades debe corresponder


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Ante la cercanía para que las empresas liberen el reparto de utilidades, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS), orienta a los centros de trabajo y sindicatos en el cumplimiento a la obligación de los pagos durante el mes de mayo.

El reparto de utilidades es un derecho constitucional adquirido de los trabajadores, es decir tienen el derecho de recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o empleador por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado. Es una garantía establecida en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal del Trabajo.

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De esta forma, la STyPS elaboró una Guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades, esto para evitar la discrecionalidad en la entrega. Con las nuevas reglas establecidas en la reforma de la Ley Federal del Trabajo, se espera que los trabajadores reciban en promedio un PTU de 57 días de salario, equivalente a 18 mil 557 pesos, es decir 2.59 veces mayor a lo que reciben actualmente.

La dependencia federal aclaró que el cálculo de participación para los trabajadores en las utilidades debe corresponder al 10 % sobre la renta gravable, tal como fue determinado en la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2020, del Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

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Explicó que conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios y la segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Sobre los alcances de la aplicación de la adición de la Fracción VIII al Artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, aclaró que los centros de trabajo deberán pagar a los trabajadores el 10% de las utilidades de la empresa conforme a lo estipulado en el marco legal vigente. Únicamente cuando este monto sea superior a 90 días del salario del trabajador, se establecen como límite máximo de pago del PTU.

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