/ viernes 1 de marzo de 2024

Priorizará al peatón la Ley de Movilidad y Seguridad Vial de Tlaxcala

Legisladores buscan garantizar el derecho humano a la movilidad en condiciones de seguridad vial

Por unanimidad de votos, el Congreso del Estado expidió la Ley de Movilidad y Seguridad Vial de Tlaxcala, la cual tiene la prevalencia del peatón como el elemento central de la movilidad, así como el cambio de enfoque de una política que priorizaba la gestión vial, hacia otro que favorezca el acceso multimodal del transporte, lo cual alude a un cambio positivo, puesto que las políticas orientadas a los vehículos privados tuvieron como consecuencia el aumento de la congestión vial, contaminación, baja productividad y menores niveles de bienestar.

Con la aprobación de esta ley, los legisladores buscan garantizar el derecho humano a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad y políticas públicas con perspectiva de género.

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De acuerdo con la disposición, fueron decretadas medidas de movilidad y seguridad vial con un enfoque sistémico y de sistemas seguros, orientadas a la protección de las personas, especialmente de aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, así como a la sustentabilidad medioambiental; definir mecanismos de participación de las autoridades de gobierno y de la sociedad en materia de movilidad y seguridad vial, entre otras.

Asimismo, con la presente disposición buscan garantizar la accesibilidad, calidad, confiabilidad, diseño universal, eficiencia, equidad, habitabilidad, inclusión e igualdad, libertad de tránsito, movilidad activa, multimodalidad, participación, perspectiva de género; seguridad vial y vehicular, así como la sostenibilidad en el transporte.

De igual forma, plantea que para una adecuada seguridad vial que reduzca los accidentes y, con ello, las muertes y lesiones por siniestros de tránsito, la Secretaría de Movilidad y Transporte implementará programas y políticas públicas que tengan como finalidad resguardar la vida e integridad de las personas en su libre tránsito y desplazamiento dentro del territorio estatal.

Te puede interesar: ➡️ Prepara Congreso Ley de Movilidad en Tlaxcala

También, deberá establecer programas de orientación, educación y apoyo a las personas con discapacidad o con movilidad limitada, así como establecer condiciones de seguridad en el transporte público y la orientación a las personas sobre el uso de la vía pública, sobre la forma de desplazarse sobre ésta, pero con respeto al tránsito seguro de los mismos, ya sea como personas peatonas, con discapacidad, ciclistas, conductoras y prestadoras del servicio de transporte público, de acuerdo a la señalización establecida.

En coordinación con los municipios, tendrán que evitar la circulación de vehículos automotores con emisiones visiblemente contaminantes, así como aquellos que no hayan cumplido con los programas de verificación establecidos por la dependencia en materia ambiental, además de garantizar, en el ámbito de su competencia, que las personas conductoras y operadoras del servicio privado y público den cumplimiento a la verificación vehicular y evitar que las personas en estado de ebriedad o bajo el influjo de substancias que alteren la capacidad para conducir, manejen automotores.

Por otro lado, plantea una estrategia para contrarrestar el cambio climático, donde las personas, de la sociedad y del sistema de movilidad, promoverán la recuperación breve y de bajo costo e incentivarán la gradual adopción de las innovaciones tecnológicas en los sistemas aplicados al transporte, vehículos, combustibles, fuentes de energía e infraestructura.

Más información: ➡️ Presentan iniciativa de Ley de Movilidad del Estado de Tlaxcala para armonizarla con la disposición general

Asimismo, las autoridades competentes aplicarán medidas para controlar y reducir los efectos negativos en la sociedad y en el medio ambiente, derivados de las actividades de transporte, en particular, la congestión vehicular, la contaminación del aire, la emisión de gases de efecto invernadero y las que se determinen para tal efecto.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Para atender las necesidades de este sector de la población, el Estado, a través de la Secretaría de Movilidad y los municipios, garantizarán en todo momento el derecho a la movilidad de las personas que tengan alguna limitación, de forma digna y eficiente con base en el principio de corresponsabilidad e igualdad entre mujeres y hombres, la comunidad y los distintos modos de movilidad, así como de transporte público que se encuentren a su cargo.

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Las autoridades aplicarán medidas para controlar y reducir los efectos negativos en la sociedad y en el ambiente, derivados de las actividades de transporte, en particular, la congestión vehicular y la contaminación del aire, entre otras.


Por unanimidad de votos, el Congreso del Estado expidió la Ley de Movilidad y Seguridad Vial de Tlaxcala, la cual tiene la prevalencia del peatón como el elemento central de la movilidad, así como el cambio de enfoque de una política que priorizaba la gestión vial, hacia otro que favorezca el acceso multimodal del transporte, lo cual alude a un cambio positivo, puesto que las políticas orientadas a los vehículos privados tuvieron como consecuencia el aumento de la congestión vial, contaminación, baja productividad y menores niveles de bienestar.

Con la aprobación de esta ley, los legisladores buscan garantizar el derecho humano a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad y políticas públicas con perspectiva de género.

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De acuerdo con la disposición, fueron decretadas medidas de movilidad y seguridad vial con un enfoque sistémico y de sistemas seguros, orientadas a la protección de las personas, especialmente de aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, así como a la sustentabilidad medioambiental; definir mecanismos de participación de las autoridades de gobierno y de la sociedad en materia de movilidad y seguridad vial, entre otras.

Asimismo, con la presente disposición buscan garantizar la accesibilidad, calidad, confiabilidad, diseño universal, eficiencia, equidad, habitabilidad, inclusión e igualdad, libertad de tránsito, movilidad activa, multimodalidad, participación, perspectiva de género; seguridad vial y vehicular, así como la sostenibilidad en el transporte.

De igual forma, plantea que para una adecuada seguridad vial que reduzca los accidentes y, con ello, las muertes y lesiones por siniestros de tránsito, la Secretaría de Movilidad y Transporte implementará programas y políticas públicas que tengan como finalidad resguardar la vida e integridad de las personas en su libre tránsito y desplazamiento dentro del territorio estatal.

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También, deberá establecer programas de orientación, educación y apoyo a las personas con discapacidad o con movilidad limitada, así como establecer condiciones de seguridad en el transporte público y la orientación a las personas sobre el uso de la vía pública, sobre la forma de desplazarse sobre ésta, pero con respeto al tránsito seguro de los mismos, ya sea como personas peatonas, con discapacidad, ciclistas, conductoras y prestadoras del servicio de transporte público, de acuerdo a la señalización establecida.

En coordinación con los municipios, tendrán que evitar la circulación de vehículos automotores con emisiones visiblemente contaminantes, así como aquellos que no hayan cumplido con los programas de verificación establecidos por la dependencia en materia ambiental, además de garantizar, en el ámbito de su competencia, que las personas conductoras y operadoras del servicio privado y público den cumplimiento a la verificación vehicular y evitar que las personas en estado de ebriedad o bajo el influjo de substancias que alteren la capacidad para conducir, manejen automotores.

Por otro lado, plantea una estrategia para contrarrestar el cambio climático, donde las personas, de la sociedad y del sistema de movilidad, promoverán la recuperación breve y de bajo costo e incentivarán la gradual adopción de las innovaciones tecnológicas en los sistemas aplicados al transporte, vehículos, combustibles, fuentes de energía e infraestructura.

Más información: ➡️ Presentan iniciativa de Ley de Movilidad del Estado de Tlaxcala para armonizarla con la disposición general

Asimismo, las autoridades competentes aplicarán medidas para controlar y reducir los efectos negativos en la sociedad y en el medio ambiente, derivados de las actividades de transporte, en particular, la congestión vehicular, la contaminación del aire, la emisión de gases de efecto invernadero y las que se determinen para tal efecto.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Para atender las necesidades de este sector de la población, el Estado, a través de la Secretaría de Movilidad y los municipios, garantizarán en todo momento el derecho a la movilidad de las personas que tengan alguna limitación, de forma digna y eficiente con base en el principio de corresponsabilidad e igualdad entre mujeres y hombres, la comunidad y los distintos modos de movilidad, así como de transporte público que se encuentren a su cargo.

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