/ miércoles 19 de abril de 2023

Proponen nueva Ley de Protección a no Fumadores

La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Salud y a la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos

Por ser obsoleta al datar del 30 de julio de 1997, la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Diana Torrejón Rodríguez, propuso la emisión de una nueva Ley de Protección a los no Fumadores para el Estado de Tlaxcala, donde dota de mayores facultades a la Secretaría de Salud (Sesa), la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Coeprist) y a los municipios.

 

 

La legisladora expuso que a 26 años de la emisión de la Ley referida, resulta pertinente actualizarla en favor de la salud general de la sociedad, pues grabar con mayores tasas impositivas la venta de tabaco pude provocar que las personas consumidoras sacrifiquen recursos de otros rubros del presupuesto familiar para no disminuir el consumo que su adicción les obliga.

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Asimismo, reveló que el costo directo anual de la atención médica a personas fumadoras por consecuencias de su adicción, ascendió en 2020 a 116 mil 151 millones de pesos, por lo cual resulta una carga financiera enorme para el Estado, ya que su recaudación es menor al costo final de atención.

Por ello, comentó que en la propuesta puesta a consideración del Pleno, fueron precisadas sanciones contra los propietarios de lugares cerrados al consumo de tabaco que incumplan con sus obligaciones, así como a las personas que desacaten las restricciones, pues la medida punitiva busca limitar al mínimo posible el consumo público de productos de tabaco.

De igual manera, señaló que fueron especificados diversos conceptos sobre restricciones, responsables y autoridades involucradas en la protección a las personas no fumadoras en el estado de Tlaxcala, las cuales imponen la inclusión de artículos y fracciones que no sería pertinente hacer con solo una reforma a la Ley de 1997.

Te recomendamos: ➡️ Ayuda Secretaría de Salud a que fumadores disminuyan su adicción

Detalló que el Ejecutivo estatal, a través de sus instancias administrativas, quien ejercerá las funciones de vigilancia, inspección y aplicación de sanciones correspondientes al ámbito de su competencia, para lo cual tendrá diversas atribuciones.

Explicó que será la Coeprist la encargada de conocer de las denuncias presentadas por el incumplimiento a la prohibición de fumar establecida en la presente Ley; ordenará de oficio o por denuncia y visitas de inspección a los establecimientos para cerciorarse del cumplimiento.

La nueva Ley modifica el cobro de multas, pues antes estaban contempladas en días de salarios mínimos, para ahora catalogarse en Unidades de Medida y Actualización.

 

 


Por ser obsoleta al datar del 30 de julio de 1997, la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Diana Torrejón Rodríguez, propuso la emisión de una nueva Ley de Protección a los no Fumadores para el Estado de Tlaxcala, donde dota de mayores facultades a la Secretaría de Salud (Sesa), la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Coeprist) y a los municipios.

 

 

La legisladora expuso que a 26 años de la emisión de la Ley referida, resulta pertinente actualizarla en favor de la salud general de la sociedad, pues grabar con mayores tasas impositivas la venta de tabaco pude provocar que las personas consumidoras sacrifiquen recursos de otros rubros del presupuesto familiar para no disminuir el consumo que su adicción les obliga.

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Asimismo, reveló que el costo directo anual de la atención médica a personas fumadoras por consecuencias de su adicción, ascendió en 2020 a 116 mil 151 millones de pesos, por lo cual resulta una carga financiera enorme para el Estado, ya que su recaudación es menor al costo final de atención.

Por ello, comentó que en la propuesta puesta a consideración del Pleno, fueron precisadas sanciones contra los propietarios de lugares cerrados al consumo de tabaco que incumplan con sus obligaciones, así como a las personas que desacaten las restricciones, pues la medida punitiva busca limitar al mínimo posible el consumo público de productos de tabaco.

De igual manera, señaló que fueron especificados diversos conceptos sobre restricciones, responsables y autoridades involucradas en la protección a las personas no fumadoras en el estado de Tlaxcala, las cuales imponen la inclusión de artículos y fracciones que no sería pertinente hacer con solo una reforma a la Ley de 1997.

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Detalló que el Ejecutivo estatal, a través de sus instancias administrativas, quien ejercerá las funciones de vigilancia, inspección y aplicación de sanciones correspondientes al ámbito de su competencia, para lo cual tendrá diversas atribuciones.

Explicó que será la Coeprist la encargada de conocer de las denuncias presentadas por el incumplimiento a la prohibición de fumar establecida en la presente Ley; ordenará de oficio o por denuncia y visitas de inspección a los establecimientos para cerciorarse del cumplimiento.

La nueva Ley modifica el cobro de multas, pues antes estaban contempladas en días de salarios mínimos, para ahora catalogarse en Unidades de Medida y Actualización.

 

 


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