/ domingo 5 de mayo de 2019

Publican reglas de operación para apoyos a municipios

Los proyectos etiquetados deberán contar con un expediente técnico

De acuerdo con las reglas de operación publicadas ayer por el Ejecutivo para la aplicación de los fondos para el “Fortalecimiento de Obras y Acciones a Municipios” y de “Acciones para el Fortalecimiento al Campo”, por la cantidad de 454 millones 500 mil pesos, distribuidos en 396 proyectos en conjunto, el dinero tendrá que distribuirse previa firma de convenio entre la Secretaría de Planeación y Finanzas y el municipio ejecutor, con el único propósito de que no haya intermediarios.

El documento establece que las obras y acciones equivalentes a montos iguales o menores a 10 millones de pesos, deberán ser programadas para su distribución a los municipios a más tardar y en su totalidad el último día del mes de junio del presente ejercicio fiscal. Podrá beneficiarse toda persona física que sea originaria o radique en el municipio ejecutor con una antigüedad mayor o igual a tres años.

Mientras tanto, quien solicite apoyos de calentadores solares o adquisición de computadoras, deberá presentar copia de identificación oficial, copia certificada de acta de nacimiento, copia de Clave Única de Registro de Población, carta compromiso de ejecutar correctamente el apoyo, solicitud y acreditar la legal posesión de la propiedad.

Los lineamientos –lo mismo que para los apoyos al campo- establecen que el dinero se otorgará de manera directa al beneficiario y no podrá haber intermediarios de ningún tipo, en tanto que el solicitante solo podrá acceder a un solo tipo de beneficio y el municipio se encargará de vigilar que se cumpla con lo referido.


Cuando los proyectos de obras y acciones incumplan con algún requisito que no permita o imposibilite la ejecución de la obra, el municipio presentará una nueva propuesta de proyecto que avale el monto asignado con los requisitos establecidos.


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De acuerdo con las reglas de operación publicadas ayer por el Ejecutivo para la aplicación de los fondos para el “Fortalecimiento de Obras y Acciones a Municipios” y de “Acciones para el Fortalecimiento al Campo”, por la cantidad de 454 millones 500 mil pesos, distribuidos en 396 proyectos en conjunto, el dinero tendrá que distribuirse previa firma de convenio entre la Secretaría de Planeación y Finanzas y el municipio ejecutor, con el único propósito de que no haya intermediarios.

El documento establece que las obras y acciones equivalentes a montos iguales o menores a 10 millones de pesos, deberán ser programadas para su distribución a los municipios a más tardar y en su totalidad el último día del mes de junio del presente ejercicio fiscal. Podrá beneficiarse toda persona física que sea originaria o radique en el municipio ejecutor con una antigüedad mayor o igual a tres años.

Mientras tanto, quien solicite apoyos de calentadores solares o adquisición de computadoras, deberá presentar copia de identificación oficial, copia certificada de acta de nacimiento, copia de Clave Única de Registro de Población, carta compromiso de ejecutar correctamente el apoyo, solicitud y acreditar la legal posesión de la propiedad.

Los lineamientos –lo mismo que para los apoyos al campo- establecen que el dinero se otorgará de manera directa al beneficiario y no podrá haber intermediarios de ningún tipo, en tanto que el solicitante solo podrá acceder a un solo tipo de beneficio y el municipio se encargará de vigilar que se cumpla con lo referido.


Cuando los proyectos de obras y acciones incumplan con algún requisito que no permita o imposibilite la ejecución de la obra, el municipio presentará una nueva propuesta de proyecto que avale el monto asignado con los requisitos establecidos.


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