Una vez que en este año 2023 está en vigor la disposición de 12 días de vacaciones para los trabajadores de la iniciativa privada, en Tlaxcala los sindicatos y centrales obreras están vigilando el cumplimiento en favor de los derechos laborales.
Lo anterior, luego de que el pasado 27 de diciembre el Diario Oficial de la Federación en México publicó el decreto por el que los trabajadores del sector privado tendrán derecho a 12 días continuos de vacaciones al cumplir un año de labores.
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En Tlaxcala, los sindicatos están observando de manera cercana el cumplimiento de la determinación de los 12 días de descanso obligatorios, puntualizó el apoderado legal del Sindicato Diálogo y Unidad de la CROC, Eduardo Vázquez Martínez, quien opinó que están de acuerdo en que el trabajador sea más productivo tras gozar de vacaciones pagadas.
Mencionó que en enero pasado registraron por lo menos 10 trabajadores que ya tuvieron la autorización de 12 días de vacaciones, luego de cumplir con la antigüedad en el centro de trabajo. Para febrero y el resto de los meses también habrá operarios que disfruten de los descansos.
Eduardo Vázquez aclaró que los periodos vacaciones no necesariamente son en los tiempos tradicionales, como Semana Santa, primavera, verano y fin de año, pues tanto el sindicato como el patrón convienen roles programados que ayudan a no descuidar las actividades laborales, mejorar los niveles de producción y tener más oportunidades de compras.
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Lógicamente vamos a ir aplicando los 12 días de vacaciones de manera ordenada para que no afecte la producción de las empresas. Antes se iban todas las semanas y cerraban la planta, hoy tenemos que privilegiar la calendarización de los trabajadores por área y departamento para mantener las líneas de producción trabajando, apuntó el dirigente sindical.
Tras la propuesta del Congreso de la Unión, con la reforma denominada “vacaciones dignas” los trabajadores que cumplan un año de servicio tendrán derecho a 12 días de vacaciones, y a partir de ahí se incrementarán dos días por cada año laborado hasta llegar a un total de 20 días.
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El Artículo 78 dice: “Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de 12 días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”.