/ viernes 12 de mayo de 2023

Crean padrón de contratistas

Para abatir la corrupción en la realización de obras públicas estatales y municipales

Para abatir la corrupción en la realización de obras públicas estatales y municipales, así como para evitar la discrecionalidad en la adjudicación de las mismas, el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad de votos, la creación del Padrón Único de Contratistas y sentaron las bases para la recisión de contrato de los entes públicos, a través de una serie de reformas y adiciones a la Ley de Obras Públicas para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, presentadas por los legisladores José Gilberto Temoltzin Martínez y Jaciel González Herrera.

En este sentido, los congresistas señalaron que la reforma está impulsada para atender la reingeniería promovida en el marco del cambio de administración pública, la cual persigue cuatro propósitos principales, que son adoptar el valor de austeridad en el quehacer público, la reducción de la corrupción, la centralización de funciones para eficientar la administración.

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Ante la presencia de representantes del ramo de la construcción en el estado y del titular de la Secretaría de Infraestructura, Alfonso Sánchez García, explicaron que el Padrón Único será un registro de carácter administrativo que tiene por objeto establecer su inscripción como requisito indispensable para que las personas físicas o morales, cuyas actividades industriales o comerciales los conduzcan a participar en la realización de obras públicas, faciliten a los entes públicos la información completa, confiable y oportuna sobre las personas con capacidad de prestar servicios.

Con este documento, los entes contratarán en las mejores condiciones de oferta, con la mejor calidad atendiendo a su especialidad, capacidad técnica y económica, que aseguren al estado y a los municipios las mejores condiciones en la adjudicación de contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma.

Asimismo, esté Padrón será obligatorio para poder participar en los procedimientos de adjudicación del estado y sus municipios, teniendo una vigencia anual, quedando abierto el registro en cualquier día hábil del año y será la Secretaría de Finanzas quien tenga a su cargo la operación, validación, expedición, actualización, suspensión y cancelación de los registros.

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Señala que la actualización por parte de los contratistas o prestador de servicios relacionados con obra pública será obligatoria y condición para mantener vigente su registro, y las personas físicas o morales que deseen adoptar el carácter de contratista de los entes públicos del Estado de Tlaxcala, deberán satisfacer ante la Secretaría de Finanzas diversos requisitos.

Asimismo, la Secretaría de Finanzas, dentro de un término no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, resolverá sobre el registro en el padrón, la actualización de datos o la modificación o ampliación de la clasificación originalmente asignada.

Por otro lado, subraya que corresponderá a los entes públicos llevar a cabo los procedimientos para contratar y ejecutar las obras públicas, por lo que queda estrictamente prohibido cualquier contratación de los titulares de éstos en forma personal.

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Aunado a lo anterior, resalta que, en los procedimientos de contratación, los entes públicos, en igualdad de condiciones, preferirán a los contratistas del estado, aunque podrán solicitar la participación y opinión de los colegios de profesionales de la construcción, cámaras de la construcción e instituciones educativas, para elevar la calidad en la ejecución de éstas.


En este sentido, puntualiza que toda obra pública obligatoriamente deberá contar con facilidades para el desplazamiento, sin barreras arquitectónicas que pongan en peligro la integridad física de las personas en situación de discapacidad.

Igualmente, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto y en un término no mayor a 90 días naturales, la persona titular del Poder Ejecutivo estatal armonizará los reglamentos y demás disposiciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.

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El Congreso del Estado, a más tardar el 31 de diciembre de 2023, deberá expedir las reformas correspondientes a fin de adecuar el contenido de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala.



Para abatir la corrupción en la realización de obras públicas estatales y municipales, así como para evitar la discrecionalidad en la adjudicación de las mismas, el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad de votos, la creación del Padrón Único de Contratistas y sentaron las bases para la recisión de contrato de los entes públicos, a través de una serie de reformas y adiciones a la Ley de Obras Públicas para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, presentadas por los legisladores José Gilberto Temoltzin Martínez y Jaciel González Herrera.

En este sentido, los congresistas señalaron que la reforma está impulsada para atender la reingeniería promovida en el marco del cambio de administración pública, la cual persigue cuatro propósitos principales, que son adoptar el valor de austeridad en el quehacer público, la reducción de la corrupción, la centralización de funciones para eficientar la administración.

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Ante la presencia de representantes del ramo de la construcción en el estado y del titular de la Secretaría de Infraestructura, Alfonso Sánchez García, explicaron que el Padrón Único será un registro de carácter administrativo que tiene por objeto establecer su inscripción como requisito indispensable para que las personas físicas o morales, cuyas actividades industriales o comerciales los conduzcan a participar en la realización de obras públicas, faciliten a los entes públicos la información completa, confiable y oportuna sobre las personas con capacidad de prestar servicios.

Con este documento, los entes contratarán en las mejores condiciones de oferta, con la mejor calidad atendiendo a su especialidad, capacidad técnica y económica, que aseguren al estado y a los municipios las mejores condiciones en la adjudicación de contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma.

Asimismo, esté Padrón será obligatorio para poder participar en los procedimientos de adjudicación del estado y sus municipios, teniendo una vigencia anual, quedando abierto el registro en cualquier día hábil del año y será la Secretaría de Finanzas quien tenga a su cargo la operación, validación, expedición, actualización, suspensión y cancelación de los registros.

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Señala que la actualización por parte de los contratistas o prestador de servicios relacionados con obra pública será obligatoria y condición para mantener vigente su registro, y las personas físicas o morales que deseen adoptar el carácter de contratista de los entes públicos del Estado de Tlaxcala, deberán satisfacer ante la Secretaría de Finanzas diversos requisitos.

Asimismo, la Secretaría de Finanzas, dentro de un término no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, resolverá sobre el registro en el padrón, la actualización de datos o la modificación o ampliación de la clasificación originalmente asignada.

Por otro lado, subraya que corresponderá a los entes públicos llevar a cabo los procedimientos para contratar y ejecutar las obras públicas, por lo que queda estrictamente prohibido cualquier contratación de los titulares de éstos en forma personal.

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Aunado a lo anterior, resalta que, en los procedimientos de contratación, los entes públicos, en igualdad de condiciones, preferirán a los contratistas del estado, aunque podrán solicitar la participación y opinión de los colegios de profesionales de la construcción, cámaras de la construcción e instituciones educativas, para elevar la calidad en la ejecución de éstas.


En este sentido, puntualiza que toda obra pública obligatoriamente deberá contar con facilidades para el desplazamiento, sin barreras arquitectónicas que pongan en peligro la integridad física de las personas en situación de discapacidad.

Igualmente, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto y en un término no mayor a 90 días naturales, la persona titular del Poder Ejecutivo estatal armonizará los reglamentos y demás disposiciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.

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El Congreso del Estado, a más tardar el 31 de diciembre de 2023, deberá expedir las reformas correspondientes a fin de adecuar el contenido de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala.



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