/ miércoles 27 de marzo de 2019

Primera lectura a iniciativa para permitir aborto en Tlaxcala

Se permitirá la interrupción del embarazo antes de la décima segunda semana de gestación

Para reducir los riesgos de muerte de mujeres por abortos clandestinos, el diputado del Partido de la Revolución Democrática, Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, dio primera lectura a la propuesta de modificación al Código Penal y a la Ley de Salud, para que, a partir de ello, esa práctica sea permitida en las instituciones públicas de la entidad.

Ayer, en sesión ordinaria, el congresista estableció que la legislación permitirá la interrupción del embarazo antes de la décima segunda semana de gestación.

Señaló que la Ley de Salud en la entidad será sujeta a la reforma del artículo 44 Bis para que las instituciones públicas de salud del gobierno estatal, gratuitamente y en condiciones de calidad, puedan proceder a la interrupción del embarazo antes del periodo permitido, siempre y cuando la mujer interesada así lo solicite.

En cuanto hace al Código Penal, precisó que el artículo 243 puntualizará que requerirá previa autorización del Ministerio Público, empero “en todos los casos, la interrupción del embarazo deberá realizarse en un término de cinco días, contados a partir de que sea presentada la solicitud y satisfechos los requisitos establecidos en la legislación aplicable”.

Por ley, dijo, las instituciones de salud del gobierno atenderán las solicitudes de interrupción del embarazo a las mujeres solicitantes aun cuando cuenten con algún otro servicio de salud público o privado.

LAS SANCIONES

Sin embargo, para la mujer que voluntariamente procure el aborto o consienta que un tercero la haga abortar después de las 12 semanas de gestación será sujeta de 15 días a dos meses de prisión y multa de 18 a 30 Unidades de Medida y Actualización, que son mil 520 pesos y hasta dos mil 534 pesos.

Mientras que en caso de que falte el consentimiento de la mujer, en cualquier momento del embarazo, la prisión será en todo caso de tres a siete años, y si mediare violencia física o moral de seis a diez años.

En tanto que si el aborto lo causa un médico, o un cirujano, comadrón o partera, enfermero o practicante, además de las sanciones que entonces le correspondan conforme a este artículo, se le suspenderá de uno a tres años en el ejercicio de su profesión.

La propuesta fue enviada al debido proceso legislativo para su análisis, segunda lectura y posterior aprobación.

Por su lado, el coordinador de la fracción parlamentaria del expartido Encuentro Social, José Luis Garrido Cruz, sentenció que el instituto político que todavía representa, defendía los valores morales y estaba en pro de la familia, por lo que dijo que su bancada habrá de analizar a profundidad la propuesta para ver si la apoyan o no.

Mientras tanto, la diputada integrante de la bancada del Partido del Trabajo, María Félix Pluma Flores mencionó que su posicionamiento es a favor, pero con todas las garantías para practicarlo.

El estudio

“El acceso a la justicia y al aborto legal”, publicado por la UNAM en 2017, señala que durante 2013 y 2014, Tlaxcala fue una de las entidades federativas con mayores tasas de muerte por aborto de mujeres en edad fértil.

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Para reducir los riesgos de muerte de mujeres por abortos clandestinos, el diputado del Partido de la Revolución Democrática, Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, dio primera lectura a la propuesta de modificación al Código Penal y a la Ley de Salud, para que, a partir de ello, esa práctica sea permitida en las instituciones públicas de la entidad.

Ayer, en sesión ordinaria, el congresista estableció que la legislación permitirá la interrupción del embarazo antes de la décima segunda semana de gestación.

Señaló que la Ley de Salud en la entidad será sujeta a la reforma del artículo 44 Bis para que las instituciones públicas de salud del gobierno estatal, gratuitamente y en condiciones de calidad, puedan proceder a la interrupción del embarazo antes del periodo permitido, siempre y cuando la mujer interesada así lo solicite.

En cuanto hace al Código Penal, precisó que el artículo 243 puntualizará que requerirá previa autorización del Ministerio Público, empero “en todos los casos, la interrupción del embarazo deberá realizarse en un término de cinco días, contados a partir de que sea presentada la solicitud y satisfechos los requisitos establecidos en la legislación aplicable”.

Por ley, dijo, las instituciones de salud del gobierno atenderán las solicitudes de interrupción del embarazo a las mujeres solicitantes aun cuando cuenten con algún otro servicio de salud público o privado.

LAS SANCIONES

Sin embargo, para la mujer que voluntariamente procure el aborto o consienta que un tercero la haga abortar después de las 12 semanas de gestación será sujeta de 15 días a dos meses de prisión y multa de 18 a 30 Unidades de Medida y Actualización, que son mil 520 pesos y hasta dos mil 534 pesos.

Mientras que en caso de que falte el consentimiento de la mujer, en cualquier momento del embarazo, la prisión será en todo caso de tres a siete años, y si mediare violencia física o moral de seis a diez años.

En tanto que si el aborto lo causa un médico, o un cirujano, comadrón o partera, enfermero o practicante, además de las sanciones que entonces le correspondan conforme a este artículo, se le suspenderá de uno a tres años en el ejercicio de su profesión.

La propuesta fue enviada al debido proceso legislativo para su análisis, segunda lectura y posterior aprobación.

Por su lado, el coordinador de la fracción parlamentaria del expartido Encuentro Social, José Luis Garrido Cruz, sentenció que el instituto político que todavía representa, defendía los valores morales y estaba en pro de la familia, por lo que dijo que su bancada habrá de analizar a profundidad la propuesta para ver si la apoyan o no.

Mientras tanto, la diputada integrante de la bancada del Partido del Trabajo, María Félix Pluma Flores mencionó que su posicionamiento es a favor, pero con todas las garantías para practicarlo.

El estudio

“El acceso a la justicia y al aborto legal”, publicado por la UNAM en 2017, señala que durante 2013 y 2014, Tlaxcala fue una de las entidades federativas con mayores tasas de muerte por aborto de mujeres en edad fértil.

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