/ viernes 15 de septiembre de 2023

Refuerzan seguridad los policías privados; son regulados por el Estado

En Tlaxcala existen 57 empresas de este giro que representan el 1 por ciento del total de compañías que hay en el país

Como instituciones contratadas por particulares para hacerle frente a la delincuencia, al verse rebasadas las instituciones públicas, hace unas cinco décadas nacieron en el país las corporaciones de seguridad privada.

 

 

En Tlaxcala existen 57 empresas de este tipo que, como su nombre lo indica, ofrecen servicios privados de seguridad y vigilancia de forma particular al no tener relación directa o dependencia con las que ofrece el Estado a través de corporaciones municipales, estatales o federales.

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Esa cantidad representa cerca del 1 % del total de compañías existentes en el país, pues de acuerdo con datos actualizados hasta agosto pasado de la asociacion Agrupaciones de Seguridad Unidas por México, en la República hay alrededor de cinco mil 400.

La industria de seguridad privada se refiere a policías, vigilantes y custodios que laboran en las empresas y cuyos salarios son pagados con el dinero de los dueños y no con recursos públicos.

Algunos de los más conocidos son los guardias de seguridad intramuros, que son aquellos que cuidan edificios; escoltas privados, los que protegen a las personas; blindaje automotriz, que es la protección a vehículos; de transporte de valores, y los relacionados con la custodia de dinero.

Continúa leyendo: ➡️ El 70% de los homicidios ocurren con armas de fuego ilegales: Consejo de Seguridad Privada

NACIMIENTO EN EL PAÍS DE LA SEGURIDAD PRIVADA

En México los inicios de la seguridad privada se remontan a los años 70’s, en ese entonces con apenas cuarenta empresas.

Tras la crisis económica de 1994 el número aumentó a la par que -se especulaba- incrementaba la delincuencia, relata el libro “Transformación del Estado y privatización de la seguridad pública. Policías privadas, cárceles privadas y gated communities en México”, editado por la Universidad Nacional Autónoma de México.

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En los años siguientes anualmente se registraron alrededor de 151 empresas con dimensiones y calificaciones desiguales. Para 2000 ya eran mil 400 empresas en el país, dice Teodoro Antonio Serralde Medina en el apartado “La seguridad privada en México: su regulación y prospectiva”.

Ese texto explica que, entrado el año 1990, la Ciudad de México aprobó un reglamento que responsabilizaba a la Procuraduría General de Justicia del extinto Distrito Federal del registro de los servicios de seguridad privada. En 2006 se publicó la Ley Federal de Seguridad Privada.

Además, aclara que las entidades poseen sus propias regulaciones con relación a las empresas de seguridad privada, muchas de ellas basadas en la legislación federal.

No te pierdas: ➡️ Pide la Iniciativa Privada de Tlaxcala reforzar la seguridad

LA LEGISLACIÓN EN TLAXCALA

En Tlaxcala, la legislación dice que la seguridad privada es la prestación de servicios -por personas físicas o morales- para la vigilancia de inmuebles e instalaciones; traslado, protección y custodia de personas, de fondos y valores; vigilancia con canes; operación de equipos y sistemas electrónicos; y para la investigación para dar informes sobre antecedentes, solvencia, localización o actividades de personas o empresas.

Indica que esos servicios son auxiliares de la seguridad pública (la que está a cargo del Gobierno), y su labor es coadyuvar en situaciones de urgencia, desastre o cuando así lo solicite el Estado y los municipios, pero bajo los requisitos y condiciones que establezca la autorización y en casos concretos, como en donde haya flagrancia del delito.

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Pero las personas (físicas y morales) que presten esos servicios, así como el personal que contraten, se regirán por lo establecido en la ley local, reglamento y demás disposiciones, y tienen la obligación de aportar los datos para el registro de su personal y equipo, y proporcionar oportunamente la información estadística.

Es el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, el ente encargado de otorgar a las empresas los permisos para prestar servicios de seguridad privada y, en su caso, revalidarlos, revocarlos, modificarlos o suspenderlos.

Entre sus competencias también está el realizar visitas de verificación para comprobar el cumplimiento de la ley y los reglamentos, y determinar e imponer las sanciones en caso de incumplimiento.

 

 

Los detalles: ➡️ Tlaxcala, segundo estado más seguro, durante el primer trimestre 2022

Pero será el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza quien propondrá los criterios para la selección, ingreso, permanencia, estímulos, ascensos, reconocimientos, sanciones, promoción y baja o separación de los miembros de las empresas de seguridad privada.

REQUISITOS LEGALES PARA OPERAR

En el estado, las empresas interesadas en ofrecer servicios de seguridad privada están obligados a demostrar su existencia legal a través de su razón social; domicilio y la identificación oficial del representante legal (de la persona moral).

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Como empresas, cuando sus labores lo demanden, deben poseer la licencia particular colectiva de portación de armas de fuego que es expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional.

Esa licencia permite a los policías privados portar armas sin la necesidad de contar con una individual, pero deben comprobar un modo honesto de vivir, haber cumplido con el Servicio Militar Nacional, no tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas, no haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas y no consumir drogas, enervantes o psicotrópicos.

 

 

A diferencia de los policías de la administración pública, los elementos de las industrias de seguridad privada no están obligados a cumplir con la aprobación de los exámenes de Control y Confianza.

Más información: ➡️ Participaron empresarios de Tlaxcala en mesa de seguridad encabezada por la gobernadora Lorena Cuéllar

OTROS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS

Otros de los requisitos son que las empresas deben acreditar su nacionalidad mexicana, que sus socios no sean extranjeros y que dentro de sus estatutos existan las cláusulas sobre la exclusión de extranjeros.

Además, deben presentar copia del acta constitutiva y de sus estatutos, de la Cédula de Registro Federal de Contribuyentes y una declaración individual (de los accionistas y directivos) -bajo protesta de decir verdad- de no estar sujetos a procedimiento penal o haber sido condenados por delito doloso o dados de baja por su responsabilidad de las corporaciones policiales, de seguridad pública o fuerzas armadas del país.

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CAPACIDAD TÉCNICA Y OPERATIVA

Las empresas también están obligadas a acreditar documentalmente su experiencia en las actividades de seguridad pública y privada, una lista con sus bienes inmuebles y muebles que se empleen para el servicio, un inventario del equipo de comunicación y su manifestación, si utilizará algún tipo de armamento.

Ante la autoridad deben exhibir sus procedimientos de reclutamiento, registro, promoción y baja de personal administrativo y operativo; su programa de capacitación permanente; el de capacitación especializada, control y supervisión del personal que opere armamento; la credencial que portará su personal; su reglamento y manuales operativos, y descripción de colores, insignias y cualquier aditamento a emplear en sus vehículos.

No dejes de leer: ➡️ Homicidio de guardia de seguridad provoca indignación social; empresa ofrece $10 mil para funeral

Las corporaciones están obligadas a presentar el modelo de contrato de prestación de servicios aprobado por la Procuraduría Federal del Consumidor, la descripción de coberturas de pago de daños a terceros, responsabilidad civil y de las pólizas de las fianzas, a efecto de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.

EL USO DE CANES

Cuando las industrias requieren ofrecer la seguridad privada con el apoyo de canes deben comprobar que los animales han sido entrenados para prestar el servicio por institución autorizada y especializada en la materia; que cuentan con certificado de vacunación vigente y deben portar una placa de identificación en el collar, con nombre, dirección y número telefónico del prestador.

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LA POLICÍA INDUSTRIAL Y BANCARIA

 

 

La Policía Industrial y Bancaria es una corporación en Tlaxcala dependiente de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) que brinda el servicio de seguridad, protección y vigilancia intramuros. Por ejemplo a empresas, comercios, fraccionamientos, gasolineras, instituciones federales y universidades.

Su tarea principal es proteger y resguardar todos los bienes propiedad de las empresas, para así prevenir cualquier acto o situación que pudieran ocasionarles algún daño y coadyuvar con la Dirección de Seguridad Pública en los esquemas de seguridad y vigilancia intramuros para atender de manera oportuna las necesidades del servicio requerido.

Te puede interesar: ➡️ Está la Iniciativa Privada de Tlaxcala contra el acceso a las armas

El estado de fuerza es de 260 elementos, aproximadamente 190 son bancarios, 66 comisionados. Ofrecen 42 servicios a 33 empresas privadas con las que existe contrato, y brindan asistencia gubernamental gratuita a 59 empresas.

Será la SSC la institución que dispondrá de elementos de la Policía Bancaria para la prestación de servicios de seguridad, a través de la celebración de convenios o contratos con particulares.

En él debe ser especificado el número de elementos, el horario y días de trabajo, domicilio donde será prestado el servicio y solicitud de la cotización. Una vez recepcionada la solicitud se turna al Departamento Operativo y al Área Financiera, y en caso de aceptación del cliente deberá remitir sus documentos para elaboración de contrato y para el cobro del servicio.

 

 

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Una vez que fue enviada la orden de pago al cliente para el cobro, se le comunica el inicio del servicio.

PERMISOS

Es el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, el ente encargado de otorgar a las empresas los permisos para prestar servicios de seguridad privada y, en su caso, revalidarlos, revocarlos, modificarlos o suspenderlos.

Entérate: ➡️ Retoma Iniciativa Privada de Tlaxcala creación de empleos formales

  • A diferencia de los policías de la administración pública, los elementos de las industrias de seguridad privada no están obligados a cumplir con la aprobación de los exámenes de Control y Confianza.
  • 260 elementos integran el estado de fuerza de la Policía Bancaria en Tlaxcala.


 

 

Como instituciones contratadas por particulares para hacerle frente a la delincuencia, al verse rebasadas las instituciones públicas, hace unas cinco décadas nacieron en el país las corporaciones de seguridad privada.

 

 

En Tlaxcala existen 57 empresas de este tipo que, como su nombre lo indica, ofrecen servicios privados de seguridad y vigilancia de forma particular al no tener relación directa o dependencia con las que ofrece el Estado a través de corporaciones municipales, estatales o federales.

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Esa cantidad representa cerca del 1 % del total de compañías existentes en el país, pues de acuerdo con datos actualizados hasta agosto pasado de la asociacion Agrupaciones de Seguridad Unidas por México, en la República hay alrededor de cinco mil 400.

La industria de seguridad privada se refiere a policías, vigilantes y custodios que laboran en las empresas y cuyos salarios son pagados con el dinero de los dueños y no con recursos públicos.

Algunos de los más conocidos son los guardias de seguridad intramuros, que son aquellos que cuidan edificios; escoltas privados, los que protegen a las personas; blindaje automotriz, que es la protección a vehículos; de transporte de valores, y los relacionados con la custodia de dinero.

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NACIMIENTO EN EL PAÍS DE LA SEGURIDAD PRIVADA

En México los inicios de la seguridad privada se remontan a los años 70’s, en ese entonces con apenas cuarenta empresas.

Tras la crisis económica de 1994 el número aumentó a la par que -se especulaba- incrementaba la delincuencia, relata el libro “Transformación del Estado y privatización de la seguridad pública. Policías privadas, cárceles privadas y gated communities en México”, editado por la Universidad Nacional Autónoma de México.

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En los años siguientes anualmente se registraron alrededor de 151 empresas con dimensiones y calificaciones desiguales. Para 2000 ya eran mil 400 empresas en el país, dice Teodoro Antonio Serralde Medina en el apartado “La seguridad privada en México: su regulación y prospectiva”.

Ese texto explica que, entrado el año 1990, la Ciudad de México aprobó un reglamento que responsabilizaba a la Procuraduría General de Justicia del extinto Distrito Federal del registro de los servicios de seguridad privada. En 2006 se publicó la Ley Federal de Seguridad Privada.

Además, aclara que las entidades poseen sus propias regulaciones con relación a las empresas de seguridad privada, muchas de ellas basadas en la legislación federal.

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LA LEGISLACIÓN EN TLAXCALA

En Tlaxcala, la legislación dice que la seguridad privada es la prestación de servicios -por personas físicas o morales- para la vigilancia de inmuebles e instalaciones; traslado, protección y custodia de personas, de fondos y valores; vigilancia con canes; operación de equipos y sistemas electrónicos; y para la investigación para dar informes sobre antecedentes, solvencia, localización o actividades de personas o empresas.

Indica que esos servicios son auxiliares de la seguridad pública (la que está a cargo del Gobierno), y su labor es coadyuvar en situaciones de urgencia, desastre o cuando así lo solicite el Estado y los municipios, pero bajo los requisitos y condiciones que establezca la autorización y en casos concretos, como en donde haya flagrancia del delito.

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Pero las personas (físicas y morales) que presten esos servicios, así como el personal que contraten, se regirán por lo establecido en la ley local, reglamento y demás disposiciones, y tienen la obligación de aportar los datos para el registro de su personal y equipo, y proporcionar oportunamente la información estadística.

Es el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, el ente encargado de otorgar a las empresas los permisos para prestar servicios de seguridad privada y, en su caso, revalidarlos, revocarlos, modificarlos o suspenderlos.

Entre sus competencias también está el realizar visitas de verificación para comprobar el cumplimiento de la ley y los reglamentos, y determinar e imponer las sanciones en caso de incumplimiento.

 

 

Los detalles: ➡️ Tlaxcala, segundo estado más seguro, durante el primer trimestre 2022

Pero será el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza quien propondrá los criterios para la selección, ingreso, permanencia, estímulos, ascensos, reconocimientos, sanciones, promoción y baja o separación de los miembros de las empresas de seguridad privada.

REQUISITOS LEGALES PARA OPERAR

En el estado, las empresas interesadas en ofrecer servicios de seguridad privada están obligados a demostrar su existencia legal a través de su razón social; domicilio y la identificación oficial del representante legal (de la persona moral).

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Como empresas, cuando sus labores lo demanden, deben poseer la licencia particular colectiva de portación de armas de fuego que es expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional.

Esa licencia permite a los policías privados portar armas sin la necesidad de contar con una individual, pero deben comprobar un modo honesto de vivir, haber cumplido con el Servicio Militar Nacional, no tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas, no haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas y no consumir drogas, enervantes o psicotrópicos.

 

 

A diferencia de los policías de la administración pública, los elementos de las industrias de seguridad privada no están obligados a cumplir con la aprobación de los exámenes de Control y Confianza.

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OTROS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS

Otros de los requisitos son que las empresas deben acreditar su nacionalidad mexicana, que sus socios no sean extranjeros y que dentro de sus estatutos existan las cláusulas sobre la exclusión de extranjeros.

Además, deben presentar copia del acta constitutiva y de sus estatutos, de la Cédula de Registro Federal de Contribuyentes y una declaración individual (de los accionistas y directivos) -bajo protesta de decir verdad- de no estar sujetos a procedimiento penal o haber sido condenados por delito doloso o dados de baja por su responsabilidad de las corporaciones policiales, de seguridad pública o fuerzas armadas del país.

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CAPACIDAD TÉCNICA Y OPERATIVA

Las empresas también están obligadas a acreditar documentalmente su experiencia en las actividades de seguridad pública y privada, una lista con sus bienes inmuebles y muebles que se empleen para el servicio, un inventario del equipo de comunicación y su manifestación, si utilizará algún tipo de armamento.

Ante la autoridad deben exhibir sus procedimientos de reclutamiento, registro, promoción y baja de personal administrativo y operativo; su programa de capacitación permanente; el de capacitación especializada, control y supervisión del personal que opere armamento; la credencial que portará su personal; su reglamento y manuales operativos, y descripción de colores, insignias y cualquier aditamento a emplear en sus vehículos.

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Las corporaciones están obligadas a presentar el modelo de contrato de prestación de servicios aprobado por la Procuraduría Federal del Consumidor, la descripción de coberturas de pago de daños a terceros, responsabilidad civil y de las pólizas de las fianzas, a efecto de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.

EL USO DE CANES

Cuando las industrias requieren ofrecer la seguridad privada con el apoyo de canes deben comprobar que los animales han sido entrenados para prestar el servicio por institución autorizada y especializada en la materia; que cuentan con certificado de vacunación vigente y deben portar una placa de identificación en el collar, con nombre, dirección y número telefónico del prestador.

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LA POLICÍA INDUSTRIAL Y BANCARIA

 

 

La Policía Industrial y Bancaria es una corporación en Tlaxcala dependiente de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) que brinda el servicio de seguridad, protección y vigilancia intramuros. Por ejemplo a empresas, comercios, fraccionamientos, gasolineras, instituciones federales y universidades.

Su tarea principal es proteger y resguardar todos los bienes propiedad de las empresas, para así prevenir cualquier acto o situación que pudieran ocasionarles algún daño y coadyuvar con la Dirección de Seguridad Pública en los esquemas de seguridad y vigilancia intramuros para atender de manera oportuna las necesidades del servicio requerido.

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El estado de fuerza es de 260 elementos, aproximadamente 190 son bancarios, 66 comisionados. Ofrecen 42 servicios a 33 empresas privadas con las que existe contrato, y brindan asistencia gubernamental gratuita a 59 empresas.

Será la SSC la institución que dispondrá de elementos de la Policía Bancaria para la prestación de servicios de seguridad, a través de la celebración de convenios o contratos con particulares.

En él debe ser especificado el número de elementos, el horario y días de trabajo, domicilio donde será prestado el servicio y solicitud de la cotización. Una vez recepcionada la solicitud se turna al Departamento Operativo y al Área Financiera, y en caso de aceptación del cliente deberá remitir sus documentos para elaboración de contrato y para el cobro del servicio.

 

 

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PERMISOS

Es el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, el ente encargado de otorgar a las empresas los permisos para prestar servicios de seguridad privada y, en su caso, revalidarlos, revocarlos, modificarlos o suspenderlos.

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  • A diferencia de los policías de la administración pública, los elementos de las industrias de seguridad privada no están obligados a cumplir con la aprobación de los exámenes de Control y Confianza.
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