/ jueves 3 de febrero de 2022

Suspenden promoción gubernamental por revocación de mandato

Debido al proceso de revocación de mandato

A partir de este 4 de febrero y hasta el próximo 10 de abril, toda propaganda gubernamental quedará suspendida debido al proceso de revocación de mandato, conforme a lo que establece el artículo 35 fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Conforme a lo que establece el ordenamiento, los poderes públicos, organismos autónomos, y ayuntamientos, solo podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

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La interrupción de la propaganda será hasta que se ejecute la jornada de votación el próximo 10 de abril, fecha en que la ciudadanía que tendrá que dar respuesta a la pregunta:¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por la pérdida de confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?.

Por lo que, en todos los medios de comunicación la propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, no podrá ser difundida, además queda prohibido el uso de recursos públicos para recolección de firmas, o promoción y propaganda relacionada al proceso de revocación de mandato.

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Debido a esto el Instituto Nacional Electoral y los organismos públicos locales, serán los únicos autorizados en promover la participación ciudadana, por lo tanto serán las únicas instancias que estén a cargo de la revocación de mandato.

Está medida, de acuerdo con lo que establece la Carta Magna, pretende que la promoción de esta consulta se desarrolle de manera objetiva, imparcial y solo con fines informativos.

De ahí que, queda estrictamente prohibido que alguna persona física o moral, a título propio o por cuenta de terceros, pueda contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de la ciudadanía.

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Por segunda ocasión en lo que va de la administración de Lorena Cuéllar Cisneros es suspendida la difusión de propaganda gubernamental, el primer periodo fue del 10 al 28 de noviembre de 2021, por la elección extraordinaria en cinco comunidades.

  • Para evitar influencia en la decisión sobre la consulta de revocación de mandato, del 4 de febrero al 10 de abril será el periodo de veda gubernamental

Más información: ➡️ Escuelas indígenas fortalecen la identidad étnica, reconoce Sedif

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Conforme a lo que establece el ordenamiento, los poderes públicos, organismos autónomos, y ayuntamientos, solo podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

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Por lo que, en todos los medios de comunicación la propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, no podrá ser difundida, además queda prohibido el uso de recursos públicos para recolección de firmas, o promoción y propaganda relacionada al proceso de revocación de mandato.

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Debido a esto el Instituto Nacional Electoral y los organismos públicos locales, serán los únicos autorizados en promover la participación ciudadana, por lo tanto serán las únicas instancias que estén a cargo de la revocación de mandato.

Está medida, de acuerdo con lo que establece la Carta Magna, pretende que la promoción de esta consulta se desarrolle de manera objetiva, imparcial y solo con fines informativos.

De ahí que, queda estrictamente prohibido que alguna persona física o moral, a título propio o por cuenta de terceros, pueda contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de la ciudadanía.

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