Por diversas inconsistencias en el procedimiento impugnativo, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó por unanimidad de votos las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) de negativa de registro como nuevos partidos a cinco agrupaciones.
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La Sala Regional Ciudad de México desechó los juicios de la ciudadanía 236 al 244 promovidos por cinco organizaciones ciudadanas que buscaron su registro como partido político, después de acumularlos al impugnar una misma resolución y señalar a una misma autoridad responsable.
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En el resto de los expedientes, identificados con los numerales 245, 246, 247 y 248 presentados al Pleno de la autoridad electoral a nivel regional en contra de las determinaciones del TET, al considerar infundados los señalamientos que cuestionaron la capacidad de auditoría del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), así como la normativa que lo faculta para llevar acciones de fiscalización, pues estas tareas sí están fundamentadas en la normatividad local.
También se ratificó que los agravios imputados al TET son infundados, al no advertirse vulneración alguna al derecho de asociación de los promoventes.
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Con relación a los agravios relativos a su inconformidad por la nulidad de las asambleas, fueron calificados como infundados, ya que, por su incumplimiento a sus responsabilidades de fiscalización, su registró hubiera sido anulado, ya que esta negativa no fue por causales no previstas en la norma, sino por su reiterada omisión de acercar la documentación que resultaba necesaria para su fiscalización.
La Sala Regional Ciudad de México confirmó que “el Tribunal local sí atendió el planteamiento sobre la inconstitucionalidad", por lo que descartó la comisión de violencia de género pues en su sentencia reconoció la necesidad de tomar en cuenta la situación de desventaja de las mujeres.