/ jueves 6 de enero de 2022

Derechos político-electorales

Como hemos referido en anteriores entregas, las personas tienen derechos desde el nacimiento e incluso antes de nacer; también hemos comentado que estos derechos los hacen efectivos nuestros padres cuando somos menores de dieciocho años, pero al cumplir la mayoría de edad, la Constitución federal confiere otros derechos que son considerados fundamentales, ya que permiten a las personas participar en asuntos públicos del país y son denominados derechos políticos y electorales.

Jesús Orozco Henríquez define a estos derechos como “aquellos que confieren a su titular la facultad u oportunidad de participar en los asuntos públicos del Estado, por sí o a través de sus representantes”.

Es importante conocer cuáles son estos derechos y sus alcances para saber cuándo y cómo podemos hacerlos valer. Podríamos afirmar que el derecho político-electoral más conocido es el derecho a votar, sin embargo, no es el único.

Además del derecho a votar, están los siguientes: el derecho de libertad de expresión, de acceso a la información, de petición, de réplica, derecho a desempeñar un empleo, cargo o comisión, a participar en las consultas populares, el derecho a ser candidato o candidata, de asociación con fines políticos, a constituir partidos políticos y derecho a afiliarse a un partido político.

Este conjunto de derechos podemos dividirlos en dos grupos, aquellos en los que la ciudadanía los ejerce a través del voto y aquellos en los que no es a través de este mecanismo; por ejemplo, el derecho a la libertad de expresión está directamente relacionado con la posibilidad de externar libremente ideas o pensamientos, sin que para ello se tenga que votar; en cambio, el derecho de participación en las consultas populares se materializa acudiendo a votar.

Estos derechos no son absolutos, es decir, cada uno de ellos tiene alguna condición para poder ejercerlos que la propia ley establece; en entregas posteriores abundaremos más de cada uno de ellos para conocer a detalle sus alcances y sus particularidades.

Los derechos político-electorales son determinantes en la vida pública de nuestra comunidad, municipio, estado y país, son el medio para determinar el rumbo de la sociedad en cuanto a decisiones políticas se refiere, por ello es importante conocerlos.

Recomendación semanal

Y ya que estamos hablando de derechos y para familiarizarnos con los mismos, esta semana les recomiendo el libro “Derechos Humanos. Cien años de evolución de los derechos en la Constitución Mexicana”, de Héctor Fix-Fierro y Jacqueline Martínez Uriarte (Fondo de Cultura Económica. 2018). En esta obra los autores analizan los cambios que ha tenido nuestra Constitución, lo que permite a quien lo lee conocer cómo estos derechos han ido modificándose de acuerdo a los diversos contextos y tiempos en nuestro país.

Es importante conocer cuáles son estos derechos y sus alcances para saber cuándo y cómo podemos hacerlos valer. Podríamos afirmar que el derecho político-electoral más conocido es el derecho a votar, sin embargo, no es el único.

Como hemos referido en anteriores entregas, las personas tienen derechos desde el nacimiento e incluso antes de nacer; también hemos comentado que estos derechos los hacen efectivos nuestros padres cuando somos menores de dieciocho años, pero al cumplir la mayoría de edad, la Constitución federal confiere otros derechos que son considerados fundamentales, ya que permiten a las personas participar en asuntos públicos del país y son denominados derechos políticos y electorales.

Jesús Orozco Henríquez define a estos derechos como “aquellos que confieren a su titular la facultad u oportunidad de participar en los asuntos públicos del Estado, por sí o a través de sus representantes”.

Es importante conocer cuáles son estos derechos y sus alcances para saber cuándo y cómo podemos hacerlos valer. Podríamos afirmar que el derecho político-electoral más conocido es el derecho a votar, sin embargo, no es el único.

Además del derecho a votar, están los siguientes: el derecho de libertad de expresión, de acceso a la información, de petición, de réplica, derecho a desempeñar un empleo, cargo o comisión, a participar en las consultas populares, el derecho a ser candidato o candidata, de asociación con fines políticos, a constituir partidos políticos y derecho a afiliarse a un partido político.

Este conjunto de derechos podemos dividirlos en dos grupos, aquellos en los que la ciudadanía los ejerce a través del voto y aquellos en los que no es a través de este mecanismo; por ejemplo, el derecho a la libertad de expresión está directamente relacionado con la posibilidad de externar libremente ideas o pensamientos, sin que para ello se tenga que votar; en cambio, el derecho de participación en las consultas populares se materializa acudiendo a votar.

Estos derechos no son absolutos, es decir, cada uno de ellos tiene alguna condición para poder ejercerlos que la propia ley establece; en entregas posteriores abundaremos más de cada uno de ellos para conocer a detalle sus alcances y sus particularidades.

Los derechos político-electorales son determinantes en la vida pública de nuestra comunidad, municipio, estado y país, son el medio para determinar el rumbo de la sociedad en cuanto a decisiones políticas se refiere, por ello es importante conocerlos.

Recomendación semanal

Y ya que estamos hablando de derechos y para familiarizarnos con los mismos, esta semana les recomiendo el libro “Derechos Humanos. Cien años de evolución de los derechos en la Constitución Mexicana”, de Héctor Fix-Fierro y Jacqueline Martínez Uriarte (Fondo de Cultura Económica. 2018). En esta obra los autores analizan los cambios que ha tenido nuestra Constitución, lo que permite a quien lo lee conocer cómo estos derechos han ido modificándose de acuerdo a los diversos contextos y tiempos en nuestro país.

Es importante conocer cuáles son estos derechos y sus alcances para saber cuándo y cómo podemos hacerlos valer. Podríamos afirmar que el derecho político-electoral más conocido es el derecho a votar, sin embargo, no es el único.