/ martes 30 de julio de 2019

Perspectiva de infancia

Juan y Maribel (personajes ficticios) estaban muy enamorados cuando decidieron tener hijos. Los problemas cotidianos fueron grandes; ellos se separaron y sus dos pequeños se quedaron a vivir con ella. Comenzó el infierno. Los niños eran cuidados por la familia de ella con quienes se decidió que mientras Juan no pagase pensión alimenticia, no podría ver a sus hijos. Así pasó el tiempo; entre reclamos y palabras ofensivas. Ellos peleaban, los niños crecían.

Finalmente Maribel contrató un abogado e inició un juicio por una pensión alimenticia. Juan había encontrado otra pareja y ella en lo profundo sintió eso como una afrenta personal. Le dolió. Al principio el juez dictó pensión pero no convivencia familiar. Después de algún tiempo Juan pudo ver a sus hijos en el recinto del DIF. Durante un año, acudió cada 15 días a la visita. Sus hijos no lo querían ver. Pensaban que por su culpa su mamá sufría mucho y que ellos no le importaban. Se habían convertido en niños huraños, tristes, inseguros…en niños alienados. Juan y Maribel lo habían logrado: su pleito de adultos había causado daño irreversible en sus hijos.

La Convención de los Derechos de los Niños y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes dictan que las y los menores son sujetos con derechos humanos inherentes, los cuales no están al libre albedrío de otorgamiento de nadie sino que deberían no solo ser reconocidos, sino respetados y traducidos en el bien superior de cada niña, niño y adolescente mexicano.

¿Qué significa entonces Perspectiva de Infancia? Así como las feministas hemos permeado el término Perspectiva de Género para que la toma de decisiones se haga siempre considerando los derechos de las mujeres, así la perspectiva de infancia debería anteponerse a cualquier decisión que conlleve el reconocimiento a los derechos humanos de las y los menores de edad.

Es derecho de las niñas, niños y adolescentes contar con protección económica y convivencia familiar, no de los adultos pagar pensión o ver a sus hijos. Las personas que aprendieron a odiar a sus padres a través de los mismos padres crecen pensando que fueron ellas las culpables de la separación y la tristeza de sus progenitores, se les niega la posibilidad de amar plenamente, conocer sus raíces y su destino así como de abrevar del amor de su familia ampliada tanto materna como paterna. En pocas palabras, sufrieron tortura psicoemocional.

Perspectiva de infancia es tomar decisiones pensando prioritariamente en los menores. No; no es derecho suyo señora negarse a que sus hijos vean a su papá, salvo que verlo sea peligroso para su integridad. No; no es derecho suyo señor, dejar desprotegidos a sus hijos, cualquiera que haya sido la circunstancia de su nacimiento.

El estado mexicano debe ya comenzar a tomar medidas prácticas y prontas para la solución de controversias de adultos que involucren el bienestar de las y los niños. Triste patria construimos cuando llenamos a los niños de nuestras propias frustraciones.

Juan y Maribel (personajes ficticios) estaban muy enamorados cuando decidieron tener hijos. Los problemas cotidianos fueron grandes; ellos se separaron y sus dos pequeños se quedaron a vivir con ella. Comenzó el infierno. Los niños eran cuidados por la familia de ella con quienes se decidió que mientras Juan no pagase pensión alimenticia, no podría ver a sus hijos. Así pasó el tiempo; entre reclamos y palabras ofensivas. Ellos peleaban, los niños crecían.

Finalmente Maribel contrató un abogado e inició un juicio por una pensión alimenticia. Juan había encontrado otra pareja y ella en lo profundo sintió eso como una afrenta personal. Le dolió. Al principio el juez dictó pensión pero no convivencia familiar. Después de algún tiempo Juan pudo ver a sus hijos en el recinto del DIF. Durante un año, acudió cada 15 días a la visita. Sus hijos no lo querían ver. Pensaban que por su culpa su mamá sufría mucho y que ellos no le importaban. Se habían convertido en niños huraños, tristes, inseguros…en niños alienados. Juan y Maribel lo habían logrado: su pleito de adultos había causado daño irreversible en sus hijos.

La Convención de los Derechos de los Niños y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes dictan que las y los menores son sujetos con derechos humanos inherentes, los cuales no están al libre albedrío de otorgamiento de nadie sino que deberían no solo ser reconocidos, sino respetados y traducidos en el bien superior de cada niña, niño y adolescente mexicano.

¿Qué significa entonces Perspectiva de Infancia? Así como las feministas hemos permeado el término Perspectiva de Género para que la toma de decisiones se haga siempre considerando los derechos de las mujeres, así la perspectiva de infancia debería anteponerse a cualquier decisión que conlleve el reconocimiento a los derechos humanos de las y los menores de edad.

Es derecho de las niñas, niños y adolescentes contar con protección económica y convivencia familiar, no de los adultos pagar pensión o ver a sus hijos. Las personas que aprendieron a odiar a sus padres a través de los mismos padres crecen pensando que fueron ellas las culpables de la separación y la tristeza de sus progenitores, se les niega la posibilidad de amar plenamente, conocer sus raíces y su destino así como de abrevar del amor de su familia ampliada tanto materna como paterna. En pocas palabras, sufrieron tortura psicoemocional.

Perspectiva de infancia es tomar decisiones pensando prioritariamente en los menores. No; no es derecho suyo señora negarse a que sus hijos vean a su papá, salvo que verlo sea peligroso para su integridad. No; no es derecho suyo señor, dejar desprotegidos a sus hijos, cualquiera que haya sido la circunstancia de su nacimiento.

El estado mexicano debe ya comenzar a tomar medidas prácticas y prontas para la solución de controversias de adultos que involucren el bienestar de las y los niños. Triste patria construimos cuando llenamos a los niños de nuestras propias frustraciones.