/ lunes 13 de septiembre de 2021

¿Y cuándo comienza la vida?

Cuando se busca la definición de honor en el diccionario de la Real Academia Española, la tercera acepción se refiere a “Buena opinión granjeada por la honestidad y el recato de las mujeres. También la RAE, define recato en su segunda acepción como “cuidado que una persona, especialmente una mujer, muestra de no parecer indecorosa o provocativa”.

Creencias como la anterior, han perseguido a las mujeres por los siglos de los siglos para evitar su ejercicio libre de vida, especialmente de su sexualidad y se sigue considerando y con ello premiando o castigando social y jurídicamente a una mujer como “mala” o “buena” según el entendido de su honra por los hombres.

Tu escribana, querido lector, lectora, procura no entrar en temas de máxima polémica social porque lejos estoy de tener la verdad conmigo y menos cuando los mas destacados filósofos, académicos y juristas viven en permanente confrontación ideológica y científica al respecto. Este día sin embargo, por las dos resoluciones que en el tema de aborto y vida desde la concepción dictó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, escribo -aclaro- desde mi entendimiento personal.

La práctica del aborto en México y el mundo es un tema de profundo debate, por ello no ha sido posible emitir una postura legal única, ocasionando con ello que al menos en nuestro país, cada Congreso local emita regulaciones muchas veces contradictorias y que han ido, desde el aborto honoris causa (aun vigente en el Código Penal Federal), que perdona la pena a la mujer si no goza de mala fama, si el embarazo fue producto de una unión ilegítima y si ha logrado ocultarlo, hasta la legalización -que no despenalización en todos los casos- del aborto en el Código Penal de la Ciudad de México y otros estados. En Estados Unidos, donde el aborto es legal en los 50 estados, se sigue legislando. Como ejemplo, a partir de este septiembre en Texas ya no hay aborto legal después de la sexta semana de embarazo, en que se detectan latidos fetales.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el embarazo comienza “cuando termina la implantación, que es el proceso que comienza cuando se adhiere el blastocito a la pared del útero (unos 5 o 6 días después de la fecundación)… y el aborto es la interrupción de un embarazo tras la implantación del huevo fecundado en el endometrio antes de que el feto haya alcanzado viabilidad, es decir, antes de que sea capaz de sobrevivir y mantener una vida extrauterina independiente”. En la Enciclopedia Jurídica Mexicana el aborto se define como: “Acción de abortar, del latín abortare, parir antes del tiempo en que el feto pueda vivir y el significado obstétrico es “Expulsión del producto de la concepción cuando no es viable, o sea hasta el final del sexto mes de embarazo”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación el 07 y 09 de septiembre respectivamente, resolvió por unanimidad que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, lo cual obliga a jueces locales y federales a acatar dicha medida; y, la inconstitucionalidad de que las entidades federativas legislen al respecto de que el inicio de la vida se da desde la concepción y que termina hasta la muerte natural, argumentando que eso solo lo puede definir la Constitución.

Así pues, queda un hueco legal según conceptos, entre estar embarazada y llevar vida en el útero. ¿Sabrán los juristas qué es -si no vida según ellos- lo que sucede en esas semanas? Dicen que el embrión y el feto no merecen la misma protección jurídica que los nacidos, que el “producto de la gestación” merece una protección que se incrementa con el tiempo a medida que avanza el embarazo, pero no especifican cuál protección ni cuando debe cambiar ésta. La vida no comienza con el nacimiento; si así fuera, ¿para qué entonces los cuidados prenatales? ¿porqué desde tempranos días tiene el embrión tipo y RH sanguíneos propios? solo como ejemplos.

Respeto todas las formas de pensamiento; yo, estoy y estaré siempre a favor de la vida desde la concepción y también de que no se criminalice a nadie por la interrupción del embarazo; podrían buscarse alternativas como en los códigos penales de Tamaulipas y Yucatán y buscar siempre salvar las dos vidas. El aborto deja un recuerdo imborrable en las mujeres que lo viven; si además puede morir o sufrir grave daño a su salud, si ha sido violada, si el bebé va a sufrir toda la vida por un daño genético o congénito, es mayormente entendible que no sea criminalizada por practicarse un aborto. De ahí a que no se entienda el inicio de la vida desde la concepción…trecho insalvable.

Cuando se busca la definición de honor en el diccionario de la Real Academia Española, la tercera acepción se refiere a “Buena opinión granjeada por la honestidad y el recato de las mujeres. También la RAE, define recato en su segunda acepción como “cuidado que una persona, especialmente una mujer, muestra de no parecer indecorosa o provocativa”.

Creencias como la anterior, han perseguido a las mujeres por los siglos de los siglos para evitar su ejercicio libre de vida, especialmente de su sexualidad y se sigue considerando y con ello premiando o castigando social y jurídicamente a una mujer como “mala” o “buena” según el entendido de su honra por los hombres.

Tu escribana, querido lector, lectora, procura no entrar en temas de máxima polémica social porque lejos estoy de tener la verdad conmigo y menos cuando los mas destacados filósofos, académicos y juristas viven en permanente confrontación ideológica y científica al respecto. Este día sin embargo, por las dos resoluciones que en el tema de aborto y vida desde la concepción dictó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, escribo -aclaro- desde mi entendimiento personal.

La práctica del aborto en México y el mundo es un tema de profundo debate, por ello no ha sido posible emitir una postura legal única, ocasionando con ello que al menos en nuestro país, cada Congreso local emita regulaciones muchas veces contradictorias y que han ido, desde el aborto honoris causa (aun vigente en el Código Penal Federal), que perdona la pena a la mujer si no goza de mala fama, si el embarazo fue producto de una unión ilegítima y si ha logrado ocultarlo, hasta la legalización -que no despenalización en todos los casos- del aborto en el Código Penal de la Ciudad de México y otros estados. En Estados Unidos, donde el aborto es legal en los 50 estados, se sigue legislando. Como ejemplo, a partir de este septiembre en Texas ya no hay aborto legal después de la sexta semana de embarazo, en que se detectan latidos fetales.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el embarazo comienza “cuando termina la implantación, que es el proceso que comienza cuando se adhiere el blastocito a la pared del útero (unos 5 o 6 días después de la fecundación)… y el aborto es la interrupción de un embarazo tras la implantación del huevo fecundado en el endometrio antes de que el feto haya alcanzado viabilidad, es decir, antes de que sea capaz de sobrevivir y mantener una vida extrauterina independiente”. En la Enciclopedia Jurídica Mexicana el aborto se define como: “Acción de abortar, del latín abortare, parir antes del tiempo en que el feto pueda vivir y el significado obstétrico es “Expulsión del producto de la concepción cuando no es viable, o sea hasta el final del sexto mes de embarazo”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación el 07 y 09 de septiembre respectivamente, resolvió por unanimidad que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, lo cual obliga a jueces locales y federales a acatar dicha medida; y, la inconstitucionalidad de que las entidades federativas legislen al respecto de que el inicio de la vida se da desde la concepción y que termina hasta la muerte natural, argumentando que eso solo lo puede definir la Constitución.

Así pues, queda un hueco legal según conceptos, entre estar embarazada y llevar vida en el útero. ¿Sabrán los juristas qué es -si no vida según ellos- lo que sucede en esas semanas? Dicen que el embrión y el feto no merecen la misma protección jurídica que los nacidos, que el “producto de la gestación” merece una protección que se incrementa con el tiempo a medida que avanza el embarazo, pero no especifican cuál protección ni cuando debe cambiar ésta. La vida no comienza con el nacimiento; si así fuera, ¿para qué entonces los cuidados prenatales? ¿porqué desde tempranos días tiene el embrión tipo y RH sanguíneos propios? solo como ejemplos.

Respeto todas las formas de pensamiento; yo, estoy y estaré siempre a favor de la vida desde la concepción y también de que no se criminalice a nadie por la interrupción del embarazo; podrían buscarse alternativas como en los códigos penales de Tamaulipas y Yucatán y buscar siempre salvar las dos vidas. El aborto deja un recuerdo imborrable en las mujeres que lo viven; si además puede morir o sufrir grave daño a su salud, si ha sido violada, si el bebé va a sufrir toda la vida por un daño genético o congénito, es mayormente entendible que no sea criminalizada por practicarse un aborto. De ahí a que no se entienda el inicio de la vida desde la concepción…trecho insalvable.